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Ayudas disponibles para víctimas de accidentes ferroviarios en Adamuz y Gelida

Redacción | Martes 03 de febrero de 2026

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha abierto el plazo para que las víctimas de los accidentes ferroviarios en Adamuz (Córdoba) y Gelida (Barcelona) soliciten ayudas económicas. Estas ayudas están destinadas a personas heridas en los accidentes y a los familiares de fallecidos, proporcionando un respaldo inmediato y facilitando una tramitación ágil. Las solicitudes se pueden presentar de manera telemática o presencial hasta el 4 de mayo de 2026. Además, se han habilitado oficinas de atención integral en Huelva y Barcelona para apoyar a las víctimas durante el proceso.



El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha anunciado la apertura del plazo para que las víctimas de los accidentes ferroviarios ocurridos en Adamuz (Córdoba) y Gelida (Barcelona) puedan solicitar ayudas. Esta medida se enmarca dentro de lo estipulado en el Real Decreto ley 1/2026, aprobado recientemente por el Consejo de Ministros.

A partir del 3 de febrero de 2026, los interesados podrán gestionar sus solicitudes a través de la página web del Ministerio o de manera presencial. La resolución que establece el procedimiento estará disponible en la sede electrónica del ministerio, y el plazo para presentar solicitudes se extenderá hasta el 4 de mayo. Además, los solicitantes podrán pedir una ampliación motivada del plazo, ajustándose a lo estipulado en el artículo 32 de la Ley 39/2015.

Objetivo de las ayudas

Estas ayudas tienen como finalidad proporcionar un apoyo económico inmediato a las personas afectadas y sus familias, así como mitigar la incertidumbre económica generada por los accidentes. Se busca también facilitar un proceso administrativo ágil y accesible.

Las ayudas están destinadas a:

  • Los pasajeros que viajaban en los trenes accidentados y al personal ferroviario presente (maquinistas, personal de a bordo o en formación) que resultaron heridos.
  • Los familiares de quienes fallecieron, siguiendo el orden y criterios establecidos en la normativa vigente.

El procedimiento incluye una ayuda directa y no reembolsable para casos de lesiones y fallecimientos, además de anticipos sobre indemnizaciones por responsabilidad civil. Estas ayudas son compatibles con el Seguro Obligatorio de Viajeros y con otras indemnizaciones o seguros públicos o privados que pudieran corresponder.

Tramitación simplificada para las solicitudes

Las solicitudes pueden presentarse telemáticamente mediante un formulario disponible en la Sede Electrónica del Ministerio o presencialmente utilizando formularios específicos. Cada persona beneficiaria deberá presentar una solicitud individual. Sin embargo, si una persona es elegible por varias razones, podrá hacer una única solicitud que abarque todas ellas, manteniendo la posibilidad de que cada ayuda sea concedida independientemente.

Tanto la persona beneficiaria como un representante autorizado pueden presentar la solicitud. En caso de que la persona beneficiaria no tenga plena capacidad para actuar, será quien ejerza la patria potestad, tutela o curatela quien realice la gestión. Si estos han fallecido en el accidente, podrá hacerlo temporalmente otra persona o institución designada.

La Administración también podrá obtener automáticamente la información necesaria con el consentimiento del solicitante, evitando así que tengan que aportar documentos ya disponibles en otras administraciones, siempre respetando la normativa sobre protección de datos personales.

Oficinas de atención integral a las víctimas

Para facilitar el acceso a estas ayudas y brindar apoyo directo a las personas afectadas, se han establecido oficinas integrales en colaboración con el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. Estas oficinas estarán ubicadas en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en comunidades autónomas donde ocurrieron los accidentes, especialmente en Huelva y Barcelona. Allí se ofrecerá asistencia durante todo el proceso administrativo y se habilitarán números telefónicos para consultas. Las direcciones son:

  • Oficina de Huelva: calle Berdigón 11-13.
  • Oficina de Barcelona: calle Bergara 12, planta baja.

Información adicional sobre las ayudas

Toda la información relacionada con el procedimiento para solicitar estas ayudas está disponible en la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, así como en las oficinas integrales habilitadas para atender a las víctimas.

Preguntas sobre la noticia

¿Quiénes pueden solicitar las ayudas?

Las ayudas están dirigidas a las personas que viajaban en los trenes accidentados y el personal ferroviario a bordo que resultaron heridos, así como a los familiares de las personas fallecidas.

¿Qué tipo de ayuda se ofrece?

Se contempla una ayuda directa y no reembolsable en casos de lesiones y fallecimiento, además de un anticipo de las indemnizaciones por responsabilidad civil.

¿Cómo se puede presentar la solicitud?

Las solicitudes pueden presentarse por vía telemática a través del formulario disponible en la Sede Electrónica del Ministerio o presencialmente utilizando los formularios habilitados.

¿Puede alguien más presentar la solicitud en nombre de la persona beneficiaria?

Sí, la solicitud puede ser presentada por un representante autorizado o por quien ejerza la patria potestad, tutela o curatela si la persona beneficiaria no tiene plena capacidad de obrar.

¿Qué información necesita aportar el solicitante?

La Administración recabará de oficio la información y documentación necesaria siempre que las personas solicitantes lo autoricen, evitando que tengan que aportar documentos ya disponibles en otras administraciones.

¿Dónde se puede encontrar más información sobre las ayudas?

Toda la información relativa al procedimiento y a las ayudas está disponible en la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y en las oficinas de atención integral habilitadas para las víctimas.

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