El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha abierto un expediente sancionador a una importante promotora de festivales de música por posibles prácticas abusivas. Se investiga la prohibición de acceso con comida y bebida del exterior, el cobro adicional para reingresar al recinto y condiciones restrictivas sobre el uso de pulseras cashless para pagos. Estas acciones podrían constituir infracciones graves de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, con multas que podrían alcanzar hasta 1 millón de euros. Se inicia un periodo de investigación de hasta 9 meses para determinar las responsabilidades.
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, bajo la dirección de Pablo Bustinduy, ha tomado medidas contra una destacada promotora de festivales de música al abrir un expediente sancionador por posibles prácticas abusivas. Esta acción responde a la detección de irregularidades que podrían afectar los derechos de los consumidores en varios eventos organizados por la empresa en diferentes Comunidades Autónomas.
Entre las prácticas señaladas se encuentran la prohibición generalizada de acceder a los festivales con comida y bebida del exterior, así como la imposición de cargos adicionales para poder salir y volver a entrar al recinto. Además, se ha denunciado el uso obligatorio de pulseras cashless para realizar pagos dentro del festival, sin posibilidad de reembolso del saldo restante bajo ciertas condiciones.
Si se confirman estas prácticas, se estarían cometiendo infracciones según el artículo 47 de la Ley para la Defensa de Consumidores y Usuarios. Las multas podrían ascender hasta 1 millón de euros, dependiendo de la gravedad de las infracciones. La Dirección General de Consumo ha clasificado estas conductas como potencialmente abusivas, lo que podría acarrear sanciones severas si se determina que son muy graves.
Las tres principales prácticas cuestionadas incluyen:
A raíz de la apertura del expediente, se establece un plazo máximo de nueve meses para llevar a cabo la instrucción y resolución del caso por parte de las autoridades competentes del ministerio. Es importante señalar que esta fase inicial no implica un juicio anticipado sobre el resultado final de la investigación.
La situación pone en relieve la necesidad de proteger los derechos de los consumidores en eventos masivos, donde las condiciones impuestas pueden resultar desproporcionadas e injustas. La vigilancia por parte del Ministerio busca garantizar que las prácticas comerciales sean justas y respeten la normativa vigente.
| Cifra | Descripción |
|---|---|
| 1 millón de euros | Multa máxima por infracciones muy graves |
| 100.001 euros | Multa mínima por infracciones muy graves |
| 9 meses | Periodo máximo para la instrucción del expediente sancionador |
Se le imputan tres posibles prácticas abusivas: prohibir el acceso al recinto con comida y bebida del exterior, obligar a los asistentes a pagar un extra para poder salir y reingresar al recinto, y establecer un sistema de pago mediante pulseras cashless sin permitir la devolución del dinero sobrante.
Estas prácticas podrían infringir el artículo 47 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, lo que podría acarrear multas significativas.
Las infracciones muy graves podrían ser penalizadas con multas que oscilan entre 100.001 euros y 1 millón de euros.
Tras la apertura del expediente, se inicia un periodo máximo de 9 meses para su instrucción y resolución por parte del Ministerio competente.