El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha anunciado medidas adicionales para prevenir la propagación de la influenza aviar a partir del 10 de noviembre. Estas incluyen el confinamiento de aves de corral en 1.199 municipios de diversas comunidades autónomas, debido al aumento del riesgo por casos en Europa y movimientos migratorios. Las nuevas regulaciones prohíben la cría al aire libre y el uso de ciertos tipos de aves como señuelos, además de establecer estrictas medidas de bioseguridad. Se recuerda a los productores la importancia de notificar cualquier sospecha de enfermedad a los servicios veterinarios oficiales.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha decidido implementar, a partir del próximo lunes 10 de noviembre, una serie de medidas adicionales destinadas a prevenir la propagación del virus de la influenza aviar. Esta decisión se produce tras la identificación de un aumento en el riesgo asociado a la proliferación de casos en Europa, especialmente entre las aves silvestres, así como por los movimientos migratorios y el descenso de las temperaturas.
Entre las acciones que se llevarán a cabo se encuentra el confinamiento de aves de corral en áreas consideradas de especial riesgo. En total, se han identificado 1.199 municipios afectados en diversas comunidades autónomas, incluyendo Andalucía (197), Aragón (128), Canarias (1), Cantabria (31), Castilla y León (250), Castilla-La Mancha (18), Cataluña (224), Comunidad de Madrid (16), Comunidad Valenciana (138), Extremadura (99), Galicia (40), Islas Baleares (14), La Rioja (6), Navarra (12), País Vasco (6), Principado de Asturias (8) y Región de Murcia (11).
El ministerio, en coordinación con las comunidades autónomas, activará todas las medidas de protección establecidas en la Orden APA/2442/2006, que incluye prohibiciones y obligaciones específicas en estas zonas. Entre las restricciones destacan:
Además, los depósitos externos necesarios por motivos de bienestar animal deberán estar protegidos contra la entrada de aves acuáticas silvestres. También queda prohibida la presencia de aves de corral o cualquier tipo de ave cautiva en centros donde se concentren animales, incluyendo certámenes ganaderos y exhibiciones culturales.
Para el resto del país, el Ministerio subraya la importancia de extremar las medidas de bioseguridad en las explotaciones avícolas. Se enfatiza la necesidad de evitar cualquier contacto con aves silvestres y reforzar la vigilancia pasiva. Asimismo, se insta a notificar rápidamente cualquier sospecha relacionada con enfermedades a los servicios veterinarios oficiales.
Las zonas clasificadas como especial riesgo y especial vigilancia están definidas en los anexos II y III correspondientes a la mencionada orden. Las comunidades autónomas tienen la facultad para establecer medidas adicionales que refuercen la protección contra esta enfermedad.
| Comunidad Autónoma | Número de Municipios |
|---|---|
| Total Afectados | 1,199 |
| Andalucía | 197 |
| Aragón | 128 |
| Cataluña | 224 |
A partir del lunes 10 de noviembre, se aplicarán medidas adicionales de refuerzo, incluyendo el confinamiento de las aves de corral en zonas consideradas de especial riesgo y vigilancia.
Entre las prohibiciones se incluyen: la utilización de pájaros como señuelo, la cría de patos y gansos con otras aves de corral, y la cría de aves al aire libre sin las debidas protecciones contra aves silvestres.
Se les recuerda que deben extremar las medidas de bioseguridad para evitar el contacto con aves silvestres y notificar cualquier sospecha de enfermedad a los servicios veterinarios oficiales.
Las zonas están determinadas en los anexos II y III de la Orden APA/2442/2006, que regula estas medidas.