España ha elevado la masa máxima permitida para el transporte de mercancías por carretera a 44 toneladas, según una nueva orden publicada en el Boletín Oficial del Estado. Esta reforma busca modernizar y descarbonizar el sector, mejorando la sostenibilidad y eficiencia operativa del transporte. La normativa también simplifica la autorización de conjuntos Euro modulares y aumenta los límites de masa y longitud para ciertos vehículos. Además, se amplía la altura máxima permitida a 4,5 metros para transportes específicos. Las nuevas medidas entrarán en vigor en diferentes plazos tras su publicación.
El Ministerio de Presidencia ha dado a conocer hoy una reforma significativa en el ámbito del transporte de mercancías por carretera, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Esta modificación al Reglamento General de Vehículos busca promover la sostenibilidad y mejorar la eficiencia operativa dentro de la cadena logística.
La nueva normativa responde a un mandato gubernamental que establece la necesidad de actualizar el reglamento para favorecer la sostenibilidad ambiental, tal como se indica en el Real Decreto-ley 3/2022, aprobado el 1 de marzo. Este decreto se centra en medidas que optimicen tanto el transporte de mercancías como el funcionamiento general del sector.
El proceso de modificación ha contado con la participación activa del sector del transporte por carretera, que ha colaborado a través del Comité Nacional del Transporte. Los cambios buscan no solo aumentar la competitividad del sector, sino también facilitar su descarbonización mediante una reducción en el número de vehículos necesarios para las operaciones logísticas.
Entre las principales innovaciones introducidas se encuentra el aumento de la masa máxima autorizada para los conjuntos de vehículos con cinco o más ejes, que pasa de 40 a 44 toneladas. Este límite puede incrementarse hasta 2 toneladas adicionales en casos específicos de transporte intermodal.
La reforma también incluye medidas que simplifican la autorización y uso de diferentes tipos de conjuntos, como los Euro modulares, lo que reduce las cargas burocráticas enfrentadas por las empresas del sector. De esta manera, se espera fomentar un uso más eficiente y sostenible de los recursos disponibles.
Además, se han establecido incrementos específicos en la masa máxima autorizada para ciertos tipos de vehículos dedicados al transporte de madera en rollo en trayectos cortos, así como ajustes en la longitud máxima permitida para conjuntos destinados al transporte de elementos longitudinales indivisibles como vigas o tubos. Estas modificaciones responden a demandas históricas del sector metalúrgico y forestal.
Una medida destacada es la eliminación de la obligación de autorización previa para los conjuntos Euro modulares, lo que permitirá su circulación libre bajo condiciones técnicas establecidas por la Jefatura Central de Tráfico. Estos conjuntos podrán alcanzar hasta 72 toneladas y 32 metros en longitud máxima, circulando por itinerarios aprobados por las autoridades competentes.
No obstante, fuera de estos itinerarios designados, su circulación estará restringida. En caso necesario, deberán ser divididos para cumplir con las regulaciones establecidas para otros tipos de conjuntos articulados o trenes de carretera.
La nueva orden ministerial también amplía la altura máxima permitida hasta los 4,5 metros para ciertos transportes específicos, incluyendo paja y animales vivos. Esto permite a estos sectores operar bajo los mismos límites ya establecidos para camiones que transportan contenedores homologados.
La entrada en vigor de esta normativa será efectiva al día siguiente de su publicación oficial; sin embargo, las disposiciones relacionadas con las masas máximas por eje tendrán un plazo adicional de tres meses para su implementación. En el caso específico de vehículos cisterna, este plazo se extiende a seis meses desde la publicación correspondiente.
Concepto | Valor |
---|---|
Masa máxima autorizada (anterior) | 40 toneladas |
Masa máxima autorizada (nueva) | 44 toneladas |
Incremento máximo para operaciones intermodales | 2 toneladas |
Longitud máxima autorizada para conjuntos | 32 metros |
Altura máxima permitida | 4.5 metros |
La nueva normativa eleva la masa máxima autorizada de 40 a 44 toneladas para los conjuntos de vehículos de cinco o más ejes dedicados al transporte de mercancías por carretera.
Se eliminó la obligación de obtener una autorización para permitir su circulación, lo que reduce las cargas burocráticas. Además, se incrementan los valores de masa y longitud máxima autorizada hasta las 72 toneladas y 32 metros, respectivamente.
Los sectores que transportan paja, animales vivos y suministros a industrias situadas a menos de 50 kilómetros podrán operar con una altura máxima permitida de 4,5 metros.
La orden ministerial entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, aunque lo relativo a las masas máximas por eje y autorizadas entrará en vigor a los tres meses, y los vehículos cisterna tendrán un plazo de seis meses.