El Consejo de Ministros ha aprobado un Anteproyecto de Ley que modifica la Ley 28/2005, ampliando los espacios sin humo y fortaleciendo las medidas contra el tabaquismo. Esta reforma busca proteger la salud pública, especialmente de los jóvenes, y regular productos relacionados con el tabaco, como cigarrillos electrónicos y bolsas de nicotina. Se prohíbe fumar en más espacios públicos, se establece la prohibición de venta y consumo a menores, y se restringe la publicidad de estos productos. Además, se restablece el Observatorio para la Prevención del Tabaquismo para coordinar políticas públicas en esta área. Las nuevas normativas se alinean con los objetivos del Plan Europeo de Lucha contra el Cáncer.
El Consejo de Ministros ha dado un paso significativo en la lucha contra el tabaquismo al aprobar el Anteproyecto de Ley que modifica la Ley 28/2005. Esta reforma tiene como objetivo principal reforzar la protección de la salud pública y adaptar la normativa a los cambios en los patrones de consumo y en el mercado de productos relacionados con el tabaco. La iniciativa se inscribe dentro del Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo 2024-2027, respondiendo tanto a la evidencia científica acumulada como a las propuestas surgidas durante el proceso de consulta pública.
Entre las nuevas medidas, se destacan acciones para fortalecer la prevención y proteger a los grupos más vulnerables, especialmente a la población joven. Además, se busca proporcionar mayor claridad jurídica frente a la proliferación de nuevos productos relacionados con el tabaco que hasta ahora carecían de una regulación específica.
Un aspecto fundamental del Anteproyecto es la inclusión de una definición y regulación específica para los productos relacionados con el tabaco. Estos artículos han visto un aumento notable en su presencia en el mercado y su consumo, especialmente entre los jóvenes. Aunque no siempre contienen tabaco ni nicotina, están vinculados al acto de fumar o inhalar y pueden incrementar el riesgo de consumir tabaco convencional. Entre los productos que se regularán se encuentran:
Estos productos estarán sujetos a las mismas restricciones legales que el tabaco convencional, lo que incluye:
La equiparación legal responde a la necesidad de ofrecer una respuesta uniforme desde el ámbito de la salud pública ante los efectos similares que estos productos tienen sobre consumidores y entorno. La norma también introduce nuevas prohibiciones basadas en evidencia científica y demandas sociales:
Estas medidas están alineadas con los objetivos del Plan Europeo de Lucha contra el Cáncer, que busca reducir significativamente la prevalencia del tabaquismo antes del año 2040.
El Anteproyecto modifica sustancialmente las normas relativas a la publicidad, promoción y patrocinio. Se establece una prohibición generalizada sobre cualquier forma publicitaria relacionada con estos productos, abarcando medios impresos, digitales y redes sociales. También queda prohibida cualquier forma de patrocinio por parte del sector tabacalero en actividades culturales o deportivas.
Aparte, se refuerza la obligación para responsables de espacios donde esté prohibido consumir estos productos a colocar señalización visible sobre dicha restricción según lo establecido reglamentariamente.
Como parte del nuevo enfoque preventivo, se restablece el Observatorio para la Prevención del Tabaquismo. Este órgano interadministrativo será clave para coordinar políticas públicas relacionadas con esta problemática tras haber sido suprimido en 2014.
El texto aprobado también actualiza el régimen sancionador existente, ajustando infracciones y responsabilidades conforme a las nuevas medidas. Se implementará un periodo transitorio de 12 meses para permitir a los fabricantes adecuar sus productos al nuevo marco legal vigente.
Es una modificación de la Ley 28/2005 que incluye nuevas medidas para combatir el tabaquismo y regular productos relacionados con el tabaco, con el objetivo de proteger la salud pública y adaptarse a los cambios en los patrones de consumo.
El Anteproyecto incluye la regulación específica de productos como cigarrillos electrónicos y bolsitas de nicotina, así como la prohibición de su uso en espacios públicos cerrados y una lista ampliada de entornos exteriores. Además, se prohíbe la venta a menores y se establece un régimen sancionador específico.
Se regularán cigarrillos electrónicos, bolsitas de nicotina, productos a base de hierbas para fumar y dispositivos para el consumo de productos calentados.
Se ampliarán los espacios donde está prohibido fumar, incluyendo terrazas de bares, parques infantiles, instalaciones deportivas y vehículos de transporte con conductor, entre otros.
La ley prohíbe expresamente el consumo y la venta de tabaco y productos relacionados a menores de edad, reforzando así la protección a la infancia y adolescencia.
Se prohibirá toda forma de publicidad y promoción directa o indirecta de productos del tabaco y relacionados, tanto en medios tradicionales como digitales.
Es un órgano que se restablecerá para coordinar políticas públicas en materia de prevención del tabaquismo, buscando mejorar la gobernanza y evaluación en este ámbito.
El régimen sancionador se actualizará para incluir nuevas infracciones y responsabilidades adecuadas a las medidas establecidas en el Anteproyecto.