El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una iniciativa de la Seguridad Social diseñada para ofrecer un nivel básico de ingresos a quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad económica. Este programa, que busca promover la inclusión social y laboral de sus beneficiarios, fue implementado en 2020 mediante un Real Decreto-ley, en respuesta a las crecientes necesidades derivadas de la pandemia. En diciembre de 2021, se consolidó como parte de la Ley 19/2021.
De acuerdo con las estadísticas del Instituto Nacional de la Seguridad Social, el IMV beneficia actualmente a aproximadamente 2.050.000 personas que residen en 674.000 hogares.
Requisitos para ser beneficiario del IMV
El acceso al IMV puede realizarse tanto de forma individual como formando parte de una unidad de convivencia. Las unidades de convivencia están compuestas por personas que viven juntas y están vinculadas por matrimonio, pareja de hecho o parentesco hasta el segundo grado.
Los requisitos para acceder al IMV varían según si se solicita individualmente o como representante de una unidad de convivencia. En general, pueden ser beneficiarios individuales aquellas personas mayores de 23 años que no estén en una unidad de convivencia ni tengan pareja, salvo excepciones relacionadas con situaciones de violencia de género o trata.
- Las personas entre 18 y 22 años que provengan de centros de protección o sean huérfanas absolutas también pueden solicitarlo, siempre que no pertenezcan a una unidad.
- Para quienes solicitan el IMV en nombre de una unidad, se requiere tener al menos 23 años y cumplir ciertos criterios específicos.
Cálculo del IMV para 2025
La cuantía del Ingreso Mínimo Vital se determina como la diferencia entre la renta garantizada establecida por ley y otros ingresos que puedan percibir los beneficiarios. Para el año 2025, esta renta garantizada ha aumentado un 9% y se calcula anualmente en doce pagos mensuales:
- Para un beneficiario individual, la renta garantizada asciende a 7.905,72 euros al año, lo que equivale a 658,81 euros mensuales.
- En el caso de unidades de convivencia, esta cantidad aumenta un 30% por cada miembro adicional hasta un límite establecido.
Aparte del umbral económico básico, existen complementos adicionales para unidades monoparentales y familias con miembros con discapacidad reconocida igual o superior al 65%. También hay ayudas específicas para menores a cargo dentro del hogar.
Cambios en las circunstancias personales y su impacto en el IMV
Cualquier cambio en las circunstancias personales del solicitante o miembros del hogar puede modificar la cuantía del IMV. Esta actualización se aplica automáticamente cada primero de enero, ajustándose según los ingresos anuales reales del año anterior.
Métodos para solicitar el Ingreso Mínimo Vital
Los interesados pueden presentar su solicitud mediante diferentes vías:
- A través de internet con certificado electrónico o Cl@ve en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
- Pueden hacerlo sin certificado mediante un formulario online, aunque requerirán documentación adicional para verificar identidad.
- También es posible realizar la solicitud presencialmente en los Centros de Atención e Información (CAISS).
Nueva línea telefónica para consultas sobre el IMV
A partir del 4 de noviembre del 2024, está disponible el número corto 020, que ofrece información gratuita sobre el Ingreso Mínimo Vital. Esta nueva línea complementará al número existente 900 20 22 22, proporcionando asesoramiento personalizado sobre requisitos y trámites necesarios para acceder a esta prestación vital.
La noticia en cifras
Descripción |
Cantidad |
Renta garantizada para un beneficiario individual (2025) |
7.905,72 euros al año / 658,81 euros al mes |
Renta garantizada para unidad de convivencia (5 miembros o más) |
17.392,68 euros anuales / 1.449,39 euros mensuales |
Complemento por monoparentalidad |
22% de la renta garantizada individual |
Ayuda mensual para menores de 3 años |
115 euros |
Ayuda mensual para menores de 3 a 6 años |
80,50 euros |
Ayuda mensual para menores de 6 a 18 años |
57,50 euros |
Preguntas sobre la noticia
¿Quiénes pueden ser beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital?
Se puede acceder al IMV de forma individual o como miembro de una unidad de convivencia. Las unidades de convivencia las forman un conjunto de personas que residan en el mismo domicilio y estén unidas entre sí por vínculo matrimonial, pareja de hecho, o vínculo de hasta segundo grado de consanguinidad, afinidad o adopción.
¿Cuál es la cuantía del IMV en el año 2025?
La cuantía del Ingreso Mínimo Vital es la diferencia entre la renta garantizada, fijada por ley, y otros ingresos que los beneficiarios puedan tener. En 2025, para un beneficiario individual, la renta garantizada es de 7.905,72 euros al año. Para una unidad de convivencia, la renta garantizada se incrementa en un 30% por cada miembro adicional.
¿La cuantía del IMV se actualiza con el cambio de las circunstancias personales?
Sí. El cambio en las circunstancias personales puede resultar en la modificación de la cuantía de la prestación. La modificación puede realizarse a lo largo del año y tendrá efectos a partir del primer día del mes siguiente al hecho que causó dicha modificación.
¿Cómo solicitar el Ingreso Mínimo Vital?
Puede hacerlo por internet con certificado electrónico o Cl@ve, a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, o presencialmente en los Centros de Atención e Información (CAISS) de la Seguridad Social.
Nuevo teléfono para consultas
Desde el 4 de noviembre del 2024 está disponible el teléfono corto 020 para informarse sobre el Ingreso Mínimo Vital. Esta línea ofrecerá información y asesoramiento personalizado sobre requisitos, solicitudes y trámites necesarios para acceder a la prestación.