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Aparece un nuevo resquicio a la prisión permanente revisable
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Aparece un nuevo resquicio a la prisión permanente revisable

lunes 19 de marzo de 2018, 00:01h

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El Tribunal Supremo señala en un caso particular que la revelación de dónde se encuentran los cadáveres podría utilizarse como atenuante para la prisión permanente revisable.

La aplicación del atenuante de confesión hecha por el Tribunal Supremo en el caso de Raúl A.R., condenado por el asesinato de su pareja y la hija de ésta en julio de 2014, respaldaría la no aplicación de la prisión permanente revisable.

Ese atenuante se le aplicó a Raúl A.R. tanto por el Tribunal Supremo como por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y daría esperanzas a `el Chicle´, presunto asesino de Diana Quer, de poder obtener una rebaja de la pena, tal y como explicaba la semana pasada desde la cárcel en una carta dirigida a sus padres.

Raúl A. mató a su pareja (Adolfina) y a la niña (Algelys) en Madrid, y después las ocultó en un pozo de la localidad zamorana de San Vicente de la Cabeza, donde permanecieron durante más de cinco meses. Tras ser detenido, el condenado se negó a declarar y trató de despistar a la Policía asegurando que había escondido los cuerpos en la Dehesa de la Villa. Finalmente, indicó a los agentes el lugar en que se encontraban los cuerpos cuando ya era el único sospechoso de su desaparición.

HOMICIDIO

Un tribunal con jurado le condenó a 18 años de cárcel como autor de dos delitos de asesinato con el agravante de alevosía. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid revocó la sentencia y le condenó por homicidio, un tipo penal condenado con penas inferiores, y rebajó su condena a 14 años de prisión.

Con posterioridad, el Tribunal Supremo desestimó el recurso de casación de la acusación particular ejercida por los abuelos maternos, a través de la Asociación de Mujeres Juristas Themis. El Alto Tribunal aplicó en este caso el atenuante de confesión y valoró el reconocimiento de su responsabilidad en la muerte de su pareja y la niña y la revelación del lugar donde había arrojado los cuerpos.

Y lo aplicó aun cuando esa confesión se produjo casi cinco meses después de haber cometido los delitos y cuando la Policía ya lo había detenido e interrogado en varias ocasiones. El Supremo considera que por muy tardía que fuera su confesión, y aunque el móvil para hacerla no fuera el arrepentimiento, eso no priva al reo de la posibilidad de que le sea aplicado este atenuante.

El Supremo rechazó el argumento de la acusación particular que esgrimió como relevantes los datos de que Raúl A.R. mintiera a la Policía en sus primeras declaraciones como testigo, y no realizara declaración alguna ni en sede policial ni en sede judicial cuando se le interrogó por su implicación en los hechos. Con esas declaraciones falsas movilizó un dispositivo de búsqueda en Madrid y sólo cuando el operativo policial se traslada a la localidad de Zamora, donde sus padres tenían una segunda residencia que estaba a punto de ser registrada , confesó el paradero de los cuerpos.

DIANA QUER

El paralelismo en este punto con el caso de Diana Quer es evidente. La atenuante de confesión del paradero del cadáver se le podría aplicar a `el Chicle´, que a principios del mes de marzo dirigió una carta a sus padres desde prisión en la que anunciaba que su defensa pediría la calificación de la muerte de la joven como homicidio y que esperaba estar fuera de prisión “a los siete (años)” y con permisos a los tres o cuatro.

El Código Penal diferencia entre homicidio y asesinato. Para que haya asesinato, condenado con entre 15 y 25 años de prisión, deben concurrir los agravantes de alevosía y ensañamiento. En cambio, el homicidio está condenado con entre 10 a 15 años de prisión. En caso de asesinato, y si la víctima es menor de 16 años o si se produjo antes de la muerte un delito contra la libertad sexual, se puede aplicar la prisión permanente revisable.

Para que el delito sea calificado como asesinato, debe quedar probado que el autor actuó con alevosía, es decir, en una situación de indefensión de la víctima, o de ensañamiento, cuando se inflige un sufrimiento innecesario a la víctima antes de matarla.

En el caso de Diana Quer, las posibilidades de determinar la forma y circunstancias en que se le causó la muerte se reducen o desaparecen por el largo tiempo transcurrido entre la muerte y el hallazgo del cadáver, por la confesión hecha por su asesino. Además, se dificultan o desvanecen las posibilidades de acreditar aquellas circunstancias que determinan que el autor sea condenado como autor de un delito de asesinato en vez de homicidio y esto es, precisamente, lo que `el Chicle´ confía en que ocurra.

Por eso, la Asociación de Mujeres Juristas Themis aboga por la supresión del atenuante de confesión en delitos de violencia de género, para evitar casos como el de la madre y la niña asesinadas, en que la pena se redujo al mínimo por no poder acreditarse las circunstancias que cualifican el asesinato y aplicarse como atenuante la confesión, imposibilitando la aplicación la prisión permanente revisable.

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