El Ministerio de Sanidad ha decidido aclarar las afirmaciones erróneas difundidas por la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) en relación con el borrador de reforma del Estatuto Marco del personal estatutario. Este documento se encuentra actualmente en fase de análisis dentro del Ámbito de Negociación.
Es importante destacar que el borrador fue enviado a las organizaciones sindicales a petición expresa de los representantes presentes en el Ámbito de Negociación, incluida CESM, tal como se detalla en la carta registrada el pasado 4 de septiembre. En esta solicitud, se solicitaba específicamente un texto que incorporara las aportaciones realizadas por las comunidades autónomas.
En respuesta a esta demanda, el Ministerio proporcionó un documento que identifica claramente todos los cambios realizados, incluyendo adiciones, correcciones y supresiones. Esta medida busca asegurar la máxima transparencia sobre el origen y contenido de cada propuesta. En cuanto a los 18 puntos señalados por CESM como supuestas eliminaciones de derechos laborales, el Ministerio ofrece las siguientes aclaraciones:
Puntos Clave del Borrador
1. Ratios de profesionales
La eliminación de la mención a ratios fue solicitada por las comunidades autónomas, dado que establecer ratios homogéneas requiere una planificación nacional respaldada por estudios técnicos en tramitación parlamentaria como ley específica. Esto no implica una reducción de derechos, sino una reubicación normativa hacia un instrumento más adecuado.
2. Incentivos para puestos de difícil cobertura
No se incluyen incentivos retributivos en el texto porque esta es una cuestión reservada para la negociación en cada mesa sectorial autonómica. La norma estatal no tiene capacidad para aprobar o establecer complementos retributivos.
3. Criterios comunes en el Ámbito Nacional de Negociación
Se ha suprimido la capacidad para fijar “criterios comunes”, ya que esto invadiría competencias exclusivas de las comunidades autónomas en materia de personal. El texto respeta así el marco constitucional y evita duplicidades o conflictos competenciales.
Aclaraciones sobre Derechos Laborales
4. Derecho al ejercicio efectivo de la profesión
No se elimina este derecho; simplemente se ha reubicado dentro del texto legal, ya que está contemplado en otro apartado del mismo artículo.
5. Plan de conciliación
El contenido del Plan de Conciliación no ha sido suprimido, sino integrado dentro del Plan de Igualdad, que abarca todas las medidas relacionadas con la conciliación laboral y familiar.
6. Pagas extraordinarias y complementos
La estructura retributiva es competencia exclusiva de las comunidades autónomas; por lo tanto, la norma estatal no puede imponer una estructura retributiva homogénea.
Mantenimiento de Derechos Esenciales
7. Retribuciones al 100% en incapacidad temporal y permisos vinculados
Este derecho se mantiene, pero su aplicación debe ser regulada por cada comunidad autónoma dentro del marco establecido para desarrollar políticas retributivas.
8. Derecho a negociar el régimen de vacaciones
No se elimina este derecho; su negociación corresponde al ámbito competencial autonómico sin que ello implique una disminución en los derechos existentes.
9. Convocatorias bienales de selección
Sigue vigente la obligación de convocar ofertas de empleo público cada dos años, permitiendo que una misma convocatoria incluya plazas correspondientes a varios años para evitar redundancias innecesarias.
Ajustes Normativos y Procedimentales
10. Incentivos por difícil cobertura
La regulación permanece en el ámbito autonómico conforme a sus competencias; no se eliminan estos incentivos sino que se respetan los marcos descentralizados.
11. Movilidad forzosa y preaviso
No se elimina el preaviso; se sustituye por un lenguaje más flexible que permite adaptaciones normativas según lo establecido por cada comunidad autónoma.
12. Carrera profesional
No se eliminan niveles; la carrera profesional contempla cuatro niveles más uno inicial, manteniendo así los cinco niveles previstos hasta ahora.
Nuevas Reglas sobre Horarios y Descansos
13. Jornada diurna
La redacción ha sido actualizada para alinearse con la normativa europea; la determinación del horario específico deberá ser objeto de negociación en cada comunidad autónoma.
14. Guardias médicas
Lamentablemente, imponer mínimos retributivos desde el Estado podría generar conflictos competenciales; por ello se ha eliminado esa fórmula concreta.
15. Descanso semanal de 36 horas
Se mantiene el derecho al descanso semanal conforme a la normativa vigente, garantizando un mínimo total acumulativo acorde con directrices europeas y jurisprudencia relevante.
Mantenimiento del Proceso Negociador
16. Horarios en situaciones de salud pública
Sigue presente la referencia a “condiciones de prestación del servicio”, aunque se retira mención específica a “horarios” al ser materia organizativa autonómica.
17. Medidas preventivas en trabajo a turnos
Dicha cláusula ha sido eliminada ya que la normativa existente obliga a evaluar estos factores sin necesidad reiterativa.
18. Compensación por exención de turnos (embarazo, lactancia, salud)
No se elimina este derecho; su aplicación debe negociarse dentro del marco correspondiente a cada servicio autonómico.
Cierre del Proceso Negociador Abierto
A pesar de estas aclaraciones, el proceso negociador sigue abierto e invita a la participación activa de todas las organizaciones sindicales involucradas. Mañana tendrá lugar una nueva reunión del Ámbito de Negociación centrada en analizar el borrador junto con las aportaciones realizadas por las comunidades autónomas, seguida por una sesión del Foro Marco para el Diálogo Social donde participan diversas entidades relevantes.
Culminada esta fase técnica, el texto pasará a su tramitación formal que incluirá consulta pública y debate parlamentario previo necesario antes de su aprobación final.
Preguntas sobre la noticia
¿Qué aclaraciones ha hecho el Ministerio de Sanidad sobre el borrador del Estatuto Marco?
El Ministerio de Sanidad ha respondido a las afirmaciones incorrectas del sindicato CESM, aclarando que el borrador incorpora aportaciones de las comunidades autónomas y fue enviado a solicitud de las organizaciones sindicales.
¿Se han eliminado derechos laborales en el borrador?
No se han eliminado derechos laborales. El Ministerio aclara que muchos cambios son reubicaciones normativas o ajustes para respetar competencias autonómicas.
¿Qué pasa con los ratios de profesionales mencionados en el borrador?
La mención a ratios se eliminó a solicitud de las comunidades autónomas, ya que establecer ratios homogéneas requiere estudios técnicos en tramitación parlamentaria.
¿Cómo se manejarán los incentivos para puestos de difícil cobertura?
Los incentivos retributivos no están incluidos en el texto porque son materia reservada para la negociación en cada mesa sectorial autonómica.
¿Se mantiene el derecho al ejercicio efectivo de la profesión?
Sí, este derecho se ha reubicado dentro del texto legal, pero su contenido permanece íntegro.
¿Qué sucede con el Plan de Conciliación mencionado en el borrador?
No se suprime, sino que se integra dentro del Plan de Igualdad, lo cual busca simplificar la normativa y mantener coherencia con la legislación vigente.
¿Las convocatorias bienales de selección se mantienen?
Sí, se mantiene la obligación de convocar ofertas de empleo público cada dos años, permitiendo que una misma convocatoria incluya plazas de varios años.
¿Qué pasará con los derechos relacionados con las vacaciones y descansos?
No se eliminan derechos; la negociación sobre vacaciones corresponde al ámbito competencial autonómico, y se mantiene el derecho al descanso semanal conforme a la normativa vigente.
¿Cuál es la situación actual del proceso de negociación del borrador?
El proceso sigue abierto a la participación activa de todas las organizaciones sindicales y continuará con reuniones para analizar el borrador antes de su tramitación formal.