El Consejo de Ministros ha dado un paso significativo en la política de conciliación familiar al aprobar, el 29 de julio de 2025, una ampliación del permiso por nacimiento y cuidado del menor. Este permiso se incrementa de 16 a 19 semanas para cada progenitor y se establece en 32 semanas para familias monoparentales.
La decisión del Gobierno responde a la necesidad de garantizar que el trabajo retribuido no obstaculice el derecho a los cuidados, permitiendo así que tanto hombres como mujeres puedan formar una familia sin condicionantes laborales. Esta medida es parte de un conjunto más amplio destinado a mejorar la conciliación entre la vida laboral y familiar, además de promover la corresponsabilidad en los cuidados y reducir la brecha de género.
Definición y evolución del permiso
El permiso por nacimiento y cuidado del menor es un derecho individual e intransferible para cada trabajador. Este derecho reemplazó en 2021 las antiguas prestaciones de maternidad y paternidad, equiparando así ambos permisos.
Desde 2019, el Ejecutivo ha implementado diversas medidas para favorecer la igualdad en el ámbito laboral. Entre ellas destaca la progresiva equiparación de los permisos parentales bajo principios de igualdad, no transferibilidad y remuneración al cien por cien. En ese año, el permiso de paternidad aumentó de 5 a 8 semanas, alcanzando las 12 semanas en 2020.
Ampliaciones recientes
Con la entrada en vigor en 2021, ambos progenitores gozan ahora de un permiso total de 16 semanas. De estas, seis deben disfrutarse inmediatamente después del parto o tras una resolución judicial o administrativa en casos de adopción o acogimiento.
La reciente ampliación a 19 semanas (y hasta 32 para familias monoparentales) sitúa a España como referente internacional en políticas de conciliación y corresponsabilidad, alineándose con otros países europeos que ofrecen permisos más largos y flexibles.
Criterios para acceder al permiso
Tienen derecho a este permiso todos los trabajadores asalariados, autónomos o empleados públicos que estén dados de alta o asimilados al alta, siempre que cumplan con un periodo mínimo de cotización, y cuyos hijos hayan nacido a partir del 2 de agosto de 2024. Las dos semanas adicionales podrán solicitarse desde el 1 de enero de 2026.
Estructura del permiso
El periodo correspondiente al nacimiento incluye tanto el parto como el cuidado del menor, lo que suspenderá el contrato laboral durante un total de 19 semanas (o 32 si se trata de una familia monoparental). La distribución del tiempo es la siguiente:
- Diecisiete semanas (28 en caso de monoparentalidad): Las seis primeras deben disfrutarse obligatoriamente e ininterrumpidamente tras el nacimiento o adopción. La madre biológica puede anticipar su descanso hasta cuatro semanas antes del parto.
Las once semanas restantes (22 para familias monoparentales) pueden ser distribuidas en periodos continuos o interrumpidos hasta que el bebé cumpla un año.
- Dos semanas adicionales (cuatro para monoparentales): Estas pueden ser utilizadas flexible hasta que el menor alcance los ocho años.
En casos especiales como nacimientos múltiples o con discapacidad, se añadirá una semana extra por progenitor.
Consideraciones ante partos prematuros
Si se produce un parto prematuro o si el neonato requiere hospitalización tras el nacimiento, se podrá computar el periodo desde la fecha del alta hospitalaria, excluyendo las seis primeras semanas posteriores al parto. En situaciones donde haya complicaciones significativas durante el parto prematuro, se podrá extender la suspensión hasta trece semanas adicionales según sea necesario.
Fallecimiento durante el periodo
En caso del fallecimiento del hijo o hija, el periodo establecido no se verá reducido salvo que uno o ambos progenitores decidan reincorporarse al trabajo tras las seis semanas obligatorias. Si uno de los progenitores fallece, el otro podrá hacer uso total o parcial del permiso restante.
Costo y solicitud del nuevo permiso
La Seguridad Social asumirá íntegramente los costos asociados al nuevo permiso por nacimiento y cuidado del menor, garantizando un pago equivalente al 100% de la base reguladora sin retenciones fiscales aplicables sobre este ingreso.
Métodos para solicitar la prestación
- Con certificado digital: A través del portal Tu Seguridad Social, accediendo a "Prestación por nacimiento y cuidado del menor".
- Sin certificado digital: Utilizando la plataforma para trámites sin identificación previa disponible en web de prestaciones sociales.
- Papel: Rellenando y enviando por correo ordinario el formulario disponible en la web oficial.
- Presencialmente: Presentando solicitud con cita previa según lo indicado en la guía oficial.
Documentación necesaria
- Solicitud formalizada.
- Acreditación personal (DNI, pasaporte o NIE).
- Carta certificada por parte del empleador indicando fecha inicio del descanso laboral.
Añadiendo información específica según tipo:
- Nacimiento: Informe médico emitido por Salud Pública; Libro de Familia o certificado registral correspondiente; documentación pertinente si aplica gestación subrogada.
- Adopción/acogimiento: Libro de Familia o inscripción registral; resolución judicial pertinente; documentación sobre trámites previos si corresponde a adopciones internacionales.
La noticia en cifras
| Cifra |
Descripción |
| 19 semanas |
Permiso por nacimiento y cuidado del menor para cada progenitor. |
| 32 semanas |
Permiso por nacimiento y cuidado del menor para familias monoparentales. |
| 16 semanas |
Duración del permiso antes de la ampliación a 19 semanas. |
| 2 de agosto de 2024 |
Fecha a partir de la cual los hijos deben haber nacido para acogerse al nuevo permiso. |
Preguntas sobre la noticia
¿Qué es el permiso por nacimiento y cuidado de menor?
El permiso por nacimiento y cuidado de menor es un derecho individual de la persona trabajadora y no transferible al otro progenitor. Sustituyó en el año 2021 a las antiguas prestaciones de maternidad y paternidad y las equiparó.
¿Cómo ha evolucionado este derecho?
Desde 2019, se han aprobado medidas para favorecer la igualdad en el ámbito laboral, garantizando el derecho a la conciliación y corresponsabilidad. El permiso ha ido aumentando progresivamente desde 5 semanas en 2019 hasta 19 semanas en 2025.
¿Quién puede acogerse a la ampliación del permiso?
Pueden acogerse a este permiso los trabajadores asalariados, autónomos o empleados públicos que estén en situación de alta o asimilada al alta, tengan cubierto un periodo mínimo de cotización y cuyos hijos hayan nacido a partir del 2 de agosto de 2024.
¿Cómo se puede distribuir el permiso por nacimiento y cuidado del menor?
El permiso se distribuye en diecisiete semanas (28 en caso de monoparentalidad) hasta que el bebé cumpla un año, con seis semanas obligatorias inmediatamente después del nacimiento. Las dos semanas adicionales pueden distribuirse hasta que el menor cumpla 8 años.
¿Cómo se disfruta el permiso si el parto es prematuro?
En casos de parto prematuro donde el neonato debe permanecer hospitalizado, el periodo de suspensión del contrato podrá computarse a partir de la fecha de alta hospitalaria, excluyendo las seis semanas posteriores al parto.
¿Qué pasa si fallece el bebé o alguno de sus progenitores?
El periodo de suspensión no se reduce salvo que uno o ambos progenitores soliciten reincorporarse al trabajo tras las seis semanas obligatorias. El progenitor sobreviviente puede hacer uso del resto del permiso.
¿Quién asume el coste del nuevo permiso de ampliación?
La Seguridad Social asume el coste total del permiso por nacimiento y cuidado de menor, abonando el 100% de la base reguladora sin retención de IRPF.
¿Cómo puedo solicitar la prestación?
Puedes solicitarla con certificado digital a través del portal "Tu Seguridad Social", sin certificado digital mediante plataformas específicas, por correo enviando formularios necesarios, o presencialmente con cita previa.
¿Qué documentación tengo que aportar?
Se requiere solicitud de la prestación, acreditación de identidad, certificado de empresa (si corresponde), e informes específicos según sea nacimiento o adopción.