www.elfaro.es

tribunal supremo

10/04/2025@13:38:21

La Sala de Apelación del Tribunal Supremo ha confirmado la decisión del instructor Pablo Llarena de no aplicar la Ley de Amnistía a Carles Puigdemont y otros investigados por malversación de caudales públicos. Todos los recursos de apelación presentados han sido desestimados, destacando que la interpretación de la ley no contraviene la voluntad del legislador ni es arbitraria. La Sala argumenta que el concepto de "beneficio personal de carácter patrimonial" incluye tanto el incremento de activos como la protección del patrimonio, dado que los investigados impulsaron un proyecto político ilegal utilizando fondos públicos. Esta decisión refuerza la excepción en la Ley de Amnistía para delitos de malversación y descarta cuestiones de constitucionalidad o prejudiciales ante instancias europeas.

El Tribunal Supremo ha condenado a un despacho de abogados por vulnerar la intimidad de una empleada, cuyos datos personales fueron accesibles en una carpeta compartida. La sentencia se basa en un recurso presentado por la mujer, quien sufrió una intromisión ilegítima en su derecho a la intimidad cuando una excompañera accedió accidentalmente a su demanda laboral. El tribunal destacó que la falta de medidas de seguridad adecuadas permitió esta exposición indebida de información sensible. Como resultado, el despacho deberá indemnizar a la demandante con 3.000 euros y abstenerse de futuras violaciones a su intimidad.

El Tribunal Supremo, bajo la dirección del magistrado Leopoldo Puente, ha impuesto medidas cautelares al exministro de Transportes José Luis Ábalos, prohibiéndole salir del país y obligándole a comparecer quincenalmente. Estas decisiones se toman en el contexto de una investigación por supuestas contrataciones irregulares de material sanitario durante la pandemia. A pesar de la oposición de la defensa, que argumenta la falta de indicios de criminalidad, el instructor considera que persisten indicios suficientes para justificar estas restricciones. La situación legal de Ábalos sigue siendo objeto de atención mediática y judicial.

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por la Junta de Andalucía contra el Real Decreto 35/2023, que revisa los planes hidrológicos de varias demarcaciones, incluyendo Tajo-Segura. La sentencia, a cargo del magistrado Fernando Román, afirma que se cumplió con el proceso de concertación para los caudales ecológicos y que el informe del Consejo Nacional del Agua fue emitido válidamente. Además, se rechazan las alegaciones sobre la jerarquía normativa y la falta de motivación técnica en la fijación de los caudales ecológicos, destacando que la Junta no presentó pruebas suficientes para invalidar estos criterios. Esta decisión refuerza el marco legal vigente en materia de gestión hídrica en España.

El Tribunal Supremo, a través del magistrado Leopoldo Puente, ha impuesto medidas cautelares al exasesor del ministro de Transportes, Koldo García Izaguirre, en el marco de una investigación por la contratación irregular de material sanitario durante la pandemia. Las medidas incluyen la prohibición de salir del país y la obligación de comparecer cada quince días ante el Juzgado de Benidorm. La Fiscalía y la acusación popular solicitaron mantener estas medidas debido a los indicios de criminalidad que persisten en relación con delitos como integración en organización criminal y tráfico de influencias. El juez advirtió que cualquier incumplimiento podría resultar en prisión provisional para el investigado.

El Tribunal Supremo ha confirmado la competencia de la Audiencia Nacional para juzgar el asesinato de un sacristán en Algeciras, ocurrido el 25 de enero de 2023. Yassin K., detenido por este crimen, había impugnado la decisión argumentando que sus circunstancias psíquicas impedían la intención terrorista. Sin embargo, el Tribunal sostiene que la competencia se basa en las acusaciones presentadas y en el hecho de que ya se ha abierto juicio oral por un delito de terrorismo. La sentencia establece que solo la Audiencia Nacional puede juzgar y decidir sobre este tipo de delitos.

El juez de la Audiencia Nacional eleva exposición razonada al Tribunal Supremo para investigar a José Luis Ábalos por su “papel principal” en la organización criminal de la compra de mascarillas. En su resolución, el juez atribuye al ex número 3 del PSOE, en concreto, un delito de pertenencia a organización criminal porque ocupaba un papel principal en el entramado creado para conseguir negocios con las administraciones públicas.

La Sala de lo Penal ha acordado por unanimidad abrir una causa contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por un presunto delito de revelación de secretos en relación con la difusión de datos relativos a una investigación por delitos de defraudación tributaria y falsedad documental contra un particular, en este caso la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. Sin embargo, varias voces se han alzado tras esta decisión, ya que el propio Tribunal Supremo sostiene que el fiscal general tuvo los correos en su poder "a partir de las 22 horas del día 13 de marzo", pero medios de comunicación como 'El Mundo' los tenían antes, lo que ha incendiado las redes sociales y tertulias de actualidad del país.

La Audiencia de Navarra ha reducido la pena de prisión de 15 a 14 años para dos de los condenados por la violación grupal ocurrida durante las fiestas de San Fermín en 2016. Esta decisión se basa en la aplicación de la Ley Orgánica 10/2022, que modifica las penas mínimas y máximas para delitos sexuales. La rebaja se alinea con la doctrina del Tribunal Supremo, que ya había revisado previamente las sentencias de otros condenados en el mismo caso. A pesar de la oposición de la víctima y acciones populares, el tribunal ha considerado necesario seguir el criterio establecido por instancias superiores. Para más detalles, visita el enlace a la noticia completa.

El Tribunal Supremo, a través del magistrado Ángel Luis Hurtado, ha rechazado la solicitud del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, para posponer su declaración como investigado en una causa abierta. La comparecencia se mantiene programada para este miércoles a las 10 horas. El juez desestimó también las diligencias solicitadas por la defensa, que incluían la citación de testigos y documentos adicionales. Se argumenta que estas diligencias no son necesarias y podrían dilatar el proceso. Esta decisión subraya la importancia de avanzar en el caso sin demoras innecesarias.

El Tribunal Supremo, bajo la dirección del magistrado Leopoldo Puente, ha decidido solicitar al Congreso el suplicatorio del exministro José Luis Ábalos en relación con posibles irregularidades en contratos de emergencia durante la pandemia de COVID-19. La investigación ha revelado indicios de delitos como integración en organización criminal y malversación, vinculando a Ábalos con adjudicaciones de contratos públicos a cambio de beneficios económicos. A pesar de que Ábalos ha negado cualquier delito, los hallazgos preliminares sugieren que pudo beneficiarse económicamente a través de alquileres y otras transacciones. La solicitud se enviará al presidente del Congreso tras la aprobación del Tribunal Supremo.

El Tribunal Supremo, a través del magistrado Ángel Hurtado, ha decidido mantener separadas a las cuatro acusaciones populares en la causa contra el fiscal general del Estado por un presunto delito de revelación de secretos. Esta decisión se basa en los diferentes intereses que representan las acusaciones, destacando que dos de ellas, el Colegio de Abogados de Madrid y la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales, tienen intereses corporativos propios. Las otras dos acusaciones, Manos Limpias y la Fundación Foro Libertad y Alternativa, podrán continuar con su representación separada sin afectar el desarrollo del proceso.

La Sección Cuarta rechaza la solicitud de la Fiscalía y considera que no ha lugar a decretar su ingreso en prisión provisional porque entiende que el riesgo de fuga es “inexistente”. El Tribunal, que le condenó el pasado mes de octubre a 10 años y 5 meses de prisión, impone al penado como medidas cautelares la retirada de pasaporte con prohibición de salida del territorio nacional y la obligación de comparecer el primer lunes de cada mes en el juzgado de su domicilio.

La cúpula fiscal de España ha mostrado un respaldo mayoritario hacia la continuidad de Álvaro García Ortiz como fiscal general del Estado.

El Tribunal Supremo confirma la no aplicación de la amnistía al delito de malversación de los condenados en la causa del procés.