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Activado el artículo 155 en Cataluña
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Activado el artículo 155 en Cataluña

sábado 21 de octubre de 2017, 19:27h

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El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, ha anunciado tras el Consejo de Ministros extraordinario las medidas concretas con las que se pondrá en marcha el artículo 155. Su aplicación se basa en cuatro objetivos: "volver a la legalidad, recuperar la normalidad y la convivencia, continuar con la recuperación económica y celebrar elecciones".

Tal y como ha explicado el presidente del Gobierno, estas son las claves del acuerdo al que se ha llegado tras el Consejo de Ministros extraordinario:

  • El presidente del Gobierno tiene la facultad de disolver el Parlamento de Cataluña. Se convocarán elecciones en un plazo máximo de seis meses, "aunque mi voluntad", ha dicho Rajoy, "es hacerlo tan pronto como se recupere la normalidad".
  • El Gobierno pide autorización al Senado para proceder al cese del presidente, del vicepresidente y de los consejeros del gobierno catalán. El ejercicio de sus funciones lo asumirán los ministerios correspondientes durante el tiempo que dure esta situación excepcional.
  • La Generalitat continuará funcionando y seguirá siendo la administración ordinaria de la Comunidad Autónoma. Esta administración actuará bajo las directrices de los órganos designados por el Gobierno de la nación, es decir, por los ministros.
  • Pese a esto, el Parlament no se disolverá. Seguirá cumpliendo su función representativa. Sin embargo, la Presidenta del Parlament no podrá proponer candidato a la presidencia de la Generalitat, ni plantear plenos de investidura. Tampoco llevar a cabo iniciativas que sean contrarias a la Constitución o al Estatut. El Gobierno tendrá un plazo de 30 días para vetar, de producirse, dichas iniciativas.
  • El Gobierno podrá tomar control de TV3 para garantizar la transmisión de "una información veraz objetiva y equilibrada".
  • Las autoridades designadas por el Gobierno podrán dictar instrucciones directas y de obligado cumplimiento a los Mossos d'Esquadra que podrán además ser sustituidos por efectivos de las de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
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